Si has recibido una notificación de la DGT informándote de que se ha cometido una infracción de tráfico, debes tener en cuenta que tienes la obligación de identificar al conductor del vehículo en el momento de cometer la infracción. De esta manera, la multa y la retirada de puntos recaerá sobre esa otra persona. A continuación te vamos a detallar los pasos para realizar este trámite.

  1. Cómo identificar al conductor de una infracción
  2. Cómo realizar el trámite ante la DGT
  3. Documentación necesaria

Cómo identificar al conductor de una infracción

Identificar al conductor responsable de una infracción es un trámite muy sencillo de realizar pero necesario si no deseas que la sanción recaiga sobre el titular del vehículo. Y es que este trámite es obligatorio en todas aquellas multas y sanciones que no se notifican al infractor en el momento de su comisión.

Un ejemplo típico de ello serían las multas detectadas por radar como consecuencia de circular por una vía sobrepasando el límite de velocidad.

Cómo realizar el trámite ante la DGT

Básicamente, los mecanismos de identificación que la DGT habilita para notificar la identidad del conductor son tres:

  • – Internet: para completar el trámite a través de internet solo hay que visitar la web habilitada por la DGT. El trámite se puede completar con Clave Pin, certificado digital o sin certificado digital.
  • – Correo: la vía postal es una de las más tradicionales y se realiza devolviendo el impreso que se ha recibido por correo, debidamente cumplimentado, a la Jefatura Provincial de Tráfico de tu lugar de residencia.
  • – Fax: del mismo modo, también puedes enviar el impreso cumplimentado por fax al teléfono 902 512 151.

Documentación necesaria

La documentación necesaria para identificar al conductor de una multa es el DNI de la persona infractora, los datos de la tarjeta bancaria donde desea que se le efectúe el cargo de la sanción y los datos de la multa, incluido el número del expediente sancionador abierto por la DGT.

En todo caso, debes tener en cuenta que esta identificación tiene que efectuarse dentro del plazo de los 15 días naturales. Además, no está permitido identificar como conductor a personas que residan en el extranjero o a personas que carezcan del permiso de conducir. Del mismo modo, no identificar al conductor tiene como consecuencia la pérdida de la reducción del 50% de la multa.